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El banco no se podrá quedar un inmueble en subasta por debajo del 60% de su valor

El Gobierno ha aprobado hoy en el Consejo de Ministros un Real Decreto-Ley dos medidas de apoyo a las personas con deudas hipotecarias en situaciones difíciles. Una de ellas contempla el incremento de la cantidad de ingresos no embargable ante impagos hipotecarios y la otra recoge que el acreedor no podrá adjudicarse un inmueble embargado […]

el vicepresidente del Ejecutivo y candidato del PSOE a la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba

El Gobierno ha aprobado hoy en el Consejo de Ministros un Real Decreto-Ley dos medidas de apoyo a las personas con deudas hipotecarias en situaciones difíciles. Una de ellas contempla el incremento de la cantidad de ingresos no embargable ante impagos hipotecarios y la otra recoge que el acreedor no podrá adjudicarse un inmueble embargado en una subasta por menos del 60% del valor.

El objetivo del Gobierno es garantizar que la subasta del bien hipotecado no dará lugar a situaciones abusivas ni al malbaratamiento del bien. Con este objetivo, se facilitará el acceso de más compradores a esa subasta, mediante la disminución de la cuantía del depósito previo del 30% al 20%.

En segundo lugar, se eleva el límite mínimo por el que el acreedor puede adjudicarse el bien del 50% actual al 60%, y se elimina la posibilidad actual de que en determinados casos el acreedor pudiera adjudicarse el bien incluso por debajo de esos límites. Si, por ejemplo, la subasta del inmueble resultase desierta, el banco no podría adjudicárselo por debajo de ese umbral.

“Nadie podrá quedarse con la casa de nadie por menos del 60% de su valor”, ha explicado el vicepresidente primero del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, tras el Consejo de Ministros.

Por otro lado, se incrementará la cuantía de los ingresos no embargables cuando, una vez ejecutada la hipoteca y vendido el bien, queda todavía un saldo vivo de deuda.

Si hasta ahora la cuantía inembargable se limitaba al salario mínimo interprofesional (SMI), más un 10% en el caso de estos deudores, ahora esa cuantía se elevará hasta el 150% del SMI. Es decir, de poco más de 700 euros hasta 960 euros.

Además, si existen otros miembros de la familia sin ingresos, o con ingresos inferiores al SMI, esa cuantía se eleva en un 30% adicional por cada uno de esos familiares. Así quien tenga a cargo dos miembros de su familia nuclear sin ingresos propios verá elevado el límite de inembargabilidad hasta 1.350 euros.

Las citadas medidas incorporan los compromisos anunciados por el presidente del Gobierno en el Debate sobre el estado de la Nación.

Fuente: elEconomista.es