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Comunicado Ministerio de Hacienda sobre el asunto Bárcenas

30 de enero de 2013.-En relación con las noticias aparecidas sobre las consecuencias jurídicas de la presentación de una Declaración Tributaria Especial (DTE), el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas, comunica: 1. Tal y como el Ministerio había comunicado previamente, Luis Bárcenas no ha presentado la DTE. Se recuerda que la regularización es un procedimiento […]

Luis Barcenas30 de enero de 2013.-En relación con las noticias aparecidas sobre las consecuencias jurídicas de la presentación de una Declaración Tributaria Especial (DTE), el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas, comunica:
1. Tal y como el Ministerio había comunicado previamente, Luis Bárcenas no ha presentado la DTE. Se recuerda que la regularización es un procedimiento transparente, en el que se exige que se deje constancia del titular real de los bienes y derechos.
2. La Abogacía del Estado se ha personado en el procedimiento judicial en representación de la AEAT y, como en cualquier otro caso, está colaborando activa y permanentemente con los órganos jurisdiccionales y el Ministerio Fiscal en la investigación y persecución del delito, tanto en procesos por delito contra la Hacienda Pública, como en otros procesos judiciales no relacionados con el ámbito estrictamente tributario, en relación con cualquier persona física o jurídica.
3. Ninguna persona física que tenga iniciado un procedimiento de regularización tributaria en vía administrativa o en vía judicial con carácter previo a la presentación de la DTE evita la continuación del proceso ni la posible condena por la presentación de la citada declaración, ni personalmente ni a través de una sociedad interpuesta. Tendrá que ser la autoridad judicial la que determine la licitud o no de las rentas declaradas.
4. La regularización en el curso de un proceso penal, si así lo aprecia el juez, supone la confesión de haber cometido un delito contra la Hacienda Pública. Lejos de finalizar el proceso judicial se activa la investigación, que a la vista de la documentación, determinará el origen de las rentas y acreditará si ha existido junto con el delito contra la Hacienda Pública otro delito.
5. La presentación de la DTE, al igual que ocurre con el resto de declaraciones tributarias, resulta plenamente compatible con la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales al permitir la determinación y castigo de estos delitos. Así, no se puede aceptar que la DTE supone legalizar las conductas ilícitas que hayan generado recursos económicos.
A este respecto, la normativa aprobada para la DTE no ha modificado en nada los procedimientos aplicables, de modo que quien haya cometido
un delito de blanqueo o de malversación seguirá siendo responsable de
tales delitos.