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Pastor sostiene que las medidas adoptadas en el sector ferroviario contribuirán a la mejora de su competitividad y eficiencia

La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha asegurado hoy en el Congreso que las medidas adoptadas por su Departamento en el sector ferroviario contribuirán a la mejora de su competitividad y eficiencia.

ana pasDurante su intervención para la convalidación del Real Decreto-ley de medidas de reforma en materia de infraestructuras y de transportes en el Congreso, que habilita al Gobierno para la aprobación mediante Real Decreto del estatuto de la Agencia de Seguridad Ferroviaria, la titular de Fomento ha indicado que dicha agencia ejercerá las funciones de autoridad responsable de seguridad en relación con todos los elementos del sistema ferroviario en cuanto a infraestructuras, material rodante, así como personal y operación ferroviaria.

Pastor ha enumerado las principales funciones que tendrá dicha agencia tales como velar por el mantenimiento general de la seguridad en la circulación sobre la Red Ferroviaria de Interés General mediante la supervisión del cumplimiento de las obligaciones de los diferentes actores en esta materia; ejercer la potestad sancionadora en materia de seguridad ferroviaria y autorizar la puesta en servicio de los vehículos y líneas.

Asimismo, la Agencia se encargará de emitir los certificados de seguridad y las autorizaciones de seguridad de las empresas ferroviarias o administradores de infraestructura, así como supervisarlos posteriormente; proponer y elaborar el marco normativo de seguridad así como otorgar, suspender y revocar licencias de empresas ferroviarias, entre otras funciones.

La Agencia podrá hacer, y para ello tendrá medios materiales y humanos, todas las inspecciones e investigaciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
Otras medidas en materia ferroviaria

El Real Decreto-ley también incorpora una nueva disposición adicional a la Ley del Sector Ferroviario para regular la aprobación del Reglamento de Circulación Ferroviaria que permitirá disponer de una única norma que agrupa y unifica la diversa normativa de circulación existente actualmente, adaptada a la Especificación Técnica de Interoperabilidad de Operaciones.

Además, se adapta al actual marco de separación de competencias y responsabilidades entre Administradores de Infraestructuras y Empresas Ferroviarias prestadoras de servicios de transporte y se asignan responsabilidades, para el desempeño de funciones de seguridad en la circulación de conformidad con títulos habilitantes.

Junto a ello, el Reglamento incluye y moderniza lo relativo a la incorporación en norma única de todos los elementos clave para garantizar la seguridad en la circulación ferroviaria.

Finalmente, la ministra se ha referido a los cánones ferroviarios. Los últimos cambios en el régimen legal de los cánones, que modifican el procedimiento de actualización de su importe fijado en el artículo 77 de la Ley del Sector Ferroviario, consisten en que el administrador redacta anualmente una propuesta de tarifas, que somete a consulta del sector y a informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y posteriormente se publican en la Ley de Presupuestos y se recogen en su Declaración de Red.
Transporte aéreo

Por otro lado, tras la aprobación en Consejo de Ministros del pasado 17 de enero de un nuevo modelo de organización para la coordinación de franjas horarias en los aeropuertos españoles, el Real Decreto-ley establece una prestación patrimonial pública (ppp) para financiar el funcionamiento y los servicios prestados por el citado coordinador.

Además, el Real Decreto-ley recoge una serie de mejoras en la gestión de las subvenciones al transporte de residentes en los territorios no peninsulares. Así, entre las principales medidas incluidas se encuentra aceptar el pasaporte como documento acreditativo de la identidad, además del DNI, para facilitar la identificación del pasajero; la obligación de utilizar el sistema telemático de acreditación de residencia (SARA) en todos los canales de venta, extendiéndolo a todos los operadores, para agilizar y facilitar dicha acreditación. Se ha establecido el 1 de noviembre de 2014 como fecha límite para la adaptación de los canales de venta a este sistema.

A ello, se une la reducción de los plazos que tienen las compañías aéreas y marítimas para presentar las liquidaciones mensuales a los centros directivos competentes (de 6 a 2 meses) y la antigüedad de los cupones que por causas justificadas pueden ser incluidos en esos ficheros (de 12 a 6 meses); la obligación de conservar toda la documentación de los billetes bonificados para mejorar el modelo de comprobación de las liquidaciones efectuadas por las compañías de transporte y el registro ante el órgano gestor, con anterioridad a la comercialización, de las tarifas aéreas que incluyan servicios ajenos al transporte aéreo, desglosando el importe de cada servicio, de manera que cada euro de subvención vaya destinado a quien realmente tiene derecho a ello.

En cuanto al incentivo por crecimiento de pasajeros, la ministra ha recordado que, gracias a esta nueva iniciativa, se podrá desplegar plenamente la bonificación de tarifas para los nuevos pasajeros y contribuir así a incrementar el tráfico aéreo hacia nuestro país.

Pastor ha recordado que se aplican bonificaciones generales para todos los aeropuertos de la red -pasajeros en conexión: incremento de la reducción al 30%; exención de pago de la mercancía en conexión y bonificación del 50% de la tarifa de carga para las aeronaves en tráfico internacional- y otras específicas para los aeropuertos insulares.

Entre estas últimas se encuentran las bonificaciones por insularidad (Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla): la bonificación del 15% para los vuelos con la Península y del 70% para los interinsulares en las tarifas aeroportuarias de aterrizaje, seguridad y pasajeros; la subvención para todos los vuelos en Canarias, excepto los interinsulares, de un 50% del importe de la prestación de aterrizaje y de pasajeros en los días valle de cada aeropuerto; la reducción de un 20% en las prestaciones por salida de pasajeros y seguridad en temporada baja para los aeropuertos estacionales; la exención de pago en la mercancía cargada o descargada en tráfico interinsular; así como la reducción del 15% en las cuantías aplicables tanto a carga directa como en conexión.

Además, se ha implantado un nuevo incentivo por crecimiento de pasajeros, para impulsar el crecimiento del tráfico aeroportuario de pasajeros y apoyar a otros sectores de especial importancia por su contribución al desarrollo económico.

El incentivo consiste en la reducción del 75% en la tarifa de pasajero para viajeros adicionales en una ruta (esta bonificación se aplicará siempre que la compañía aérea aumente el número de pasajeros en 2014 en la ruta incentivada y en el conjunto de la red, asegurando así que no se incentiva el aumento de pasajeros que no genere crecimiento de la ruta y que provenga de viajeros captados de otra compañía): el 50% en 2014 (abonado por Aena Aeropuertos en 2015) y el 25% adicional para el año 2015, si la compañía mantiene o incrementa el tráfico de pasajeros obtenido en 2014 en la ruta incentivada (abonado por Aena Aeropuertos en 2016).

Y en la reducción 100% de la tarifa de pasajeros, en las rutas a nuevos destinos: el 75% en 2014 por la puesta en marcha de una nueva ruta y el 25% restante se aplicará en 2015, si la compañía mantiene el número de pasajeros en la ruta incentivada en 2014.

Con este último incentivo aprobado, se favorece el incremento de pasajeros en los aeropuertos españoles, apoyando a las compañías aéreas que deciden incrementar su actividad, lo que redundará en una mejora del sector del transporte aéreo en su conjunto.

No obstante, para la aplicación del mismo, es necesario contar con la relación de los aeropuertos que están en una misma área de captación del destino, para evitar que pueda considerarse un simple cambio de aeropuerto de destino a otro de su misma área. Dicha relación se incorpora al ordenamiento jurídico mediante la Disposición Adicional única del RDL.

Todo el conjunto de estas bonificaciones han supuesto en 2012, 45 millones de euros; en 2013, 78 millones de euros; y en 2014, se estima en unos 140 millones de euros.

Como resultado de la política seguida en materia de gestión aeroportuaria, en 2013 se ha registrado un récord con casi 130 millones de viajeros internacionales y en enero de 2014 el número de pasajeros en los aeropuertos de la red de Aena creció un 2,5%. En concreto, se registraron cerca de 11 millones de pasajeros.

El esfuerzo de Aena, ha concluido la ministra, ha sido posible gracias a sus buenos resultados en materia de gestión empresarial, que elevaron el EBITDA hasta los más de 1.551 millones de euros en 2013, frente a los 868 millones de euros del año 2011.
Financiación de Sasemar

Otra de las medidas de este Real Decreto-ley es la mejora de la financiación de Sasemar. Para ello se modifica la Tasa de Ayudas a la Navegación, ya existente, para que parte de los ingresos generados se destinen a cubrir los costes de esta entidad por la prestación del servicio de seguimiento y ayuda al tráfico marítimo.
Pago de justiprecios
Por último, otra de las medidas se refiere a la compensación del pago de justiprecios con responsabilidad patrimonial del contratista.

En el Real Decreto-ley se modifica la Ley de Autopistas y el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público con el fin de evitar que el Estado asuma dos veces el pago de las expropiaciones en beneficio del concesionario.

El justiprecio de los terrenos expropiados para la construcción de una autopista estatal de peaje en régimen de concesión debe ser abonado por la sociedad concesionaria. A pesar de este régimen legal, en el caso de sociedades concesionarias declaradas en concurso de acreedores, en los últimos meses algunas sentencias judiciales obligan al Estado a hacerse cargo de las expropiaciones en caso de impago por la sociedad.

A tal fin, se reconoce al Estado el derecho a subrogarse en el crédito del expropiado frente al concesionario, procediéndose a minorar el correspondiente importe de la responsabilidad patrimonial. Con ello se garantiza que el Estado no tenga que hacer frente a los incumplimientos de los concesionarios. Además, esta medida podrá aplicarse respecto de cualesquiera concesiones ya adjudicadas (no sólo de autopistas).