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El protocolo con Suiza para mejorar el intercambio de información fiscal tiene ya plenos efectos desde enero de 2014

El nuevo protocolo entre España y Suiza que modifica el convenio para evitar la doble imposición y el intercambio de información con estándares de la OCDE, tiene ya plenos efectos desde enero de 2014.

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El protocolo, que entró en vigor el 24 de agosto de 2013, establecía que las disposiciones de intercambio de información tendrían efectos para todo tipo de impuestos a partir del 1 de enero de 2014.

España considera que el protocolo supone un apreciable avance en cuanto a los instrumentos de prevención del fraude fiscal de aquellos contribuyentes que hubieran depositado sus rentas o capitales en Suiza. Entre las novedades figura el hecho de que las autoridades suizas se comprometen para peticiones de información bajo requerimiento, a obtener y proporcionar toda la información que sea relevante, para todo tipo de impuestos, sin que sea posible oponer secreto bancario.

La intención de España es continuar con la implementación del citado protocolo ya que cuenta con un ámbito amplio y transparente de cara al intercambio de información.

De esta forma, Hacienda desmiente la existencia de negociaciones informales entre España y Suiza para acogerse al modelo de acuerdo Rubik, que ofrece tributar en España a cambio de mantener la opacidad de las cuentas de españoles en Suiza, tal y como ha aparecido hoy en algún medio de comunicación.

Desde hace años Suiza alienta los pactos que permiten gravar a los contribuyentes con cuentas en Suiza, cumpliendo con ello el principio de que el país de origen (España, en su caso) grave los ingresos de sus ciudadanos. Pero a cambio, mantiene la privacidad de los clientes no revelando su identidad.

En cambio, Hacienda apuesta por los intercambios automatizados de información y sin tolerancia a la opacidad. La declaración tributaria especial de 2012 se configuró como la última oportunidad concedida a los incumplidores para ponerse al día de sus obligaciones con Hacienda voluntariamente, antes de la entrada en vigor de la Ley 7/2012, de 29 de octubre (ley antifraude), siendo la identificación de los titulares reales de las cuentas el elemento más importante del proceso.
El modelo a seguir es FATCA

El modelo de acuerdo tipo Rubik sería contrario a la política tributaria mantenida por Hacienda, orientada a fortalecer los intercambios de información y asistencia administrativa entre los Estados y que ha definido dos líneas claras de actuación:

España lidera (junto con Alemania, Francia, Italia, y Reino Unido) el desarrollo de un nuevo estándar internacional de intercambio automático y multilateral de información, al negociar con Estados Unidos el Acuerdo FATCA, y, posteriormente, a promover el proyecto piloto que ha impulsado los trabajos de la OCDE y de la UE, reconocidos y apoyados por el G-20.
Extender la red acuerdos, mediante nuevos convenios para evitar la doble imposición y acuerdos de intercambio de información. Entre los firmados o rubricados en esta legislatura figuran los de Catar, Austria, Reino Unido, India, Uzbekistán, Chipre, Argentina, Estados Unidos, Jersey, Guernesey, Isla de Man, Mónaco y Macao.