Categorías
©Al dia De Economia Empresas

Luxemburgo resolverá sobre las cláusulas suelo el próximo 21 de diciembre

A las 9:30 am tendrá la audiencia pública de la sentencia

· El Abogado General había resuelto en contra de la retroactividad, pero su dictamen no es vinculante

· Navas & Cusí espera que el Tribunal Europeo de Justicia “resuelva conforme a derecho y no a cuestiones macroeconómicas”

clausula suelo
clausula suelo

24 de noviembre de 2016. El próximo 21 de diciembre a las 9:30 de la mañana tendrá lugar la audiencia pública de la sentencia sobre la cláusula suelo. El Tribunal Europeo de Justicia deberá resolver la predujudicial presentada por el juzgado nº 1 de Granada en relación a si la negación de la retroactividad impuesta por el Supremo es conforme al derecho comunitario.

De momento, la Comisión Europea se ha posicionado a favor de la retroactividad, es decir, que si se aprecia abusividad en las clausulas suelo, el efecto se aplique desde que hubo abusividad y no desde el 9 de mayo de 2013. Por su parte, el Abogado General, el italiano Paolo Mengozzi se muestra contrario a aplicar la retroactividad alegando “cuestiones macroeconómicas”. Un argumento muy parecido al “orden público económico” alegado por el Supremo cuando denegó la retroactividad.

No obstante, el informe del Abogado General no es vinculante aunque es seguido en el 67% de los casos, según las últimas estadísticas. “El Abogado General resolvió en ambiente de pánico post-Brexit. Esperamos que Luxemburgo resuelva ahora conforme a derecho no conforme a la situación macroeconómica; la Justicia debe ser ciega y actuar con independencia”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho Navas & Cusí, especializado en derecho bancario, financiero y comunitario.

“Además, la situación financiera límite que se vivió en España en el 2013 se ha superado, afortunadamente; los decretos Guindos han saneado la banca y nuestras entidades han pasado los test de estrés y están preparadas para cumplir con las exigencias de Basilea; apelar al orden público económico o a la situación macro no es hoy justificable”, señala el socio-director de navascusi.com.

El experto recuerda también que los jueces nacionales pueden y deben de aplicar el derecho comunitario “sin necesidad de esperar a Luxemburgo; de hecho ya hay varias sentencias que se han despegado del criterio del Supremo porque entienden que las condiciones límite del 2013 ya no se dan en la actualidad”, apunta.

En caso de que Luxemburgo resuelva a favor de la retroactividad el impacto sobre las cuentas de las entidades financieras se situaría entre los 5.000 y los 7.600 millones de euros, según las estimaciones realizadas por el Banco de España. Sin embargo, otras estimaciones cifran el impacto en los 3.000 millones. La entidad más afectada sería BBVA con 1.815 millones de euros, un tercio de sus ingresos. CaixaBank informó a la CNMV de un potencial impacto de 750 millones. Por su parte, Popular provisionó 350 millones ya en el 2015. El impacto para Bankia sería de 160 millones.

“El efecto sería desigual en el análisis por entidades, pero obviamente sería un pellizco que afectaría de manera notoria a la cuenta de resultados, pero no provocaría una desestabilización del sistema”, concluye Navas.