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Así es la nueva legislación de la UE contra quienes obtienen, utilizan o revelan secretos comerciales

Confiere un marco legislativo armonizado en todos los Estados miembros con el objetivo de hacer de la UE una región económica más fuerte y competitiva.
Pymes, startups y centros de investigación, entre las entidades más beneficiadas.

  • Los remedios legales por la obtención, utilización o revelación de estos datos contemplan incautación, destrucción, e indemnicaciones por daños y perjuicios.
  • Expertos en propiedad industrial y en transferencia de tecnología de todo el mundo se reúnen en Madrid para discutir los retos de esta nueva directiva sobre activos intangibles.
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Si la información es poder, está claro que el robo de información es robo de poder. Esta lacra, la apropiación indebida o la utilización o revelación no autorizada de secretos comerciales, como recetas mejoradas, nuevos procesos de fabricación o información sobre a quién comprar y vender, afecta desde hace tiempo a nuestras empresas, haciéndoles perder ventajas competitivas, como rapidez, mejora de la calidad o reducción de costes. La buena noticia es que, tras años de discusiones, se ha aprobado la Directiva europea 2016/943, que establece un nivel mínimo de protección de estos secretos.

Con el fin de discutir y aclarar los principales retos de esta reforma legislativa clave para las invenciones y la transferencia de tecnología, expertos de todo el mundo (Alemania, Francia, Italia, EE.UU…), incluidos algunos de los principales despachos de abogados especializados en propiedad industrial e intelectual, se reunieron este noviembre en el IV encuentro Pan-European LESI Young Members Event celebrado en Madrid y extrajeron las siguientes conclusiones:

  1. Por fin, un marco jurídico común. La nueva Directiva aporta un soporte legal que será igual para todos los países europeos. Alexander Haertel,socio de Kather Augenstein (Düsseldorf, Alemania), explicó durante la jornada que se trata solo de un mínimo de protección estándar, es decir, un punto a partir del cual todos los países deberán implementar esta directiva en su ley nacional, según sus necesidades, en un período máximo de 2 años.
  2. Pymes y startups saldrán beneficiadas. La información, el conocimiento, la inventiva y la creatividad son las materias primas de la nueva economía, y son tan importantes para las empresas grandes o pequeñas, en todos los sectores económicos, que deben tener un valor comercial, tal y como defendió Philippe Campolini, socio de Simont Braun (Bruselas, Bélgica), en su intervención. Sin embargo, si bien las grandes empresas tienen los recursos para gestionar una gran cartera de derechos de propiedad intelectual, como las patentes, las empresas más pequeñas a menudo no pueden permitirse el lujo de hacerlo, por lo que su confianza en los secretos comerciales es mayor.
  3. Las condenas por infracción de secretos comerciales serán competencia de los tribunales de los Estados miembros de la UE. Las sanciones dependerán, en última instancia, de las autoridades judiciales competentes de cada Estado miembro. Pero el poseedor legítimo del secreto puede exigir al infractor que cese y desista de cualquier uso de secretos comerciales y de productos infractores, y puede requerir la retirada y destrucción de los mismo. Además, la Directiva también establece una indemnización por daños y perjuicios, en función de las circunstancias del caso.
  4. Las consecuencias legales no solo serán para el infractor primario o de mala fe, sino también para quien actúe con culpa o negligencia. La Directiva considera asimismo que constitutyen actos de infracción de secretos comerciales aquéllos realizados por quienes les exploten sabiendo o debiendo haber sabido su orígen ilícito.
  5. Atención a la ciberseguridad y el big data. A pesar de que la ley no contempla ningún apartado especial dedicado a los macrodatos, Vincent Bergeron, socio de Robic (Quebec, Canadá), sí quiso dar presencia al tema en su intervención como futuro reto a superar, apuntando que el valor de los datos ya no está en su uso primario, sino en sus usos potenciales, como la creación de nuevas tecnologías, recetas, el diseño de productos originales, o la “mina de oro” que pueden ser los datos de clientes. Y dado que producimos más de 2,5 exabytes de estos datos a diario, aquí tenemos una de las mayores “puertas” de acceso a nuestras patentes, registros y secretos comerciales que más debemos proteger.
  6. Límites a la protección de los secretos comerciales. Tal y como comentó durante el encuentro Sergio Pozasenior associate de Gómez-Acebo & Pombo (Madrid, España), la Directiva protege expresamente a quienes, actuando en interés público, revelen un secreto comercial con el fin de destapar una mala conducta, una acción ilícita o una actividad ilegal. Y por el mismo motivo, la libertad de expresión y derecho a la información de los periodistas de investigación quedan como antes de la aparición de la Directiva.

 

1 Directiva comentada por más de 20 profesionales 
En total, tras el discurso inaugural de Miguel Klingenberg de Repsol, se celebraron 3 mesas redondas: «Threats and opportunities for trade secrets in the 21st century: cybersecurity and big data» (con Vincent Bergeron de Robic, Javier Fernández-Lasquetty de Elzaburu, Manuel Desantes de la Universidad de Alicante y Antonio Ramos de ISACA), «The EU Directive» (con Philippe Campolini de Simont Braun, Alexander Haertel de Kather Augenstein, Sergio Poza de Gómez-Acebo & Pombo, Marta Tortajada de Biopolis, Javier  Maira del CSIC y Francisco Velasco de MRI International) y «Need for legislative reform in the different European countries» (con Mattia Dalla Costa de CBA Studio Legal, Marta Pastor de Telefónica, Erika Jiménez de Fluidra, S.A. y Dr. Heinz Goddar de Boehmert & Boehmert); además de la charla «The Unitary Patent Package and the impact of Brexit» a cargo de Klaus Haft de Hoyng Rokh Monegier, y el taller sobre «Best practices in the protection and management of trade secrets» (con Sergio Miralles de Intangibles IP Law, Sherry Rollo de Hahn Loeser, Natalie Raffoul de Clancy P.C.+ Brion Raffoul y Philipe Kutschke de Bardehle Pagenberg). La clausura corrió a cargo de Patricia García-Escudero, Directora General de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
En conclusión, según palabras de Susana Bayón, presidenta de LES Spain & Portugal, fue que el esfuerzo legislativo ha servido para “reconocer por fin que el know-how y la información empresarial son activos con valor comercial a todos los efectos, y cubrir una necesidad legislativa europea que desaliente la competencia desleal y facilite la innovación colaborativa y el intercambio de conocimientos técnicos entre Estados miembros”.