El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Jaén ha declarado la nulidad, por vicio en el consentimiento, de un contrato swap suscrito entre una empresa dedicada a la ganadería extensiva y Banesto, el 21 de octubre del año 2008. Gracias a ello, la mercantil recupera unos 77.000 euros más los intereses correspondientes.
El juzgado jienense afirma con rotundidad que «estamos ante un instrumento financiero de notable complejidad y riesgo».
La sentencia habla expresamente de “absolutamente deficiente información facilitada por el banco”, que a juicio de la Juzgadora provocó en el cliente un vicio en el consentimiento por error esencial e inevitable.
“Este tipo de contratos requiere para su validez de una completa y exhaustiva información para que el cliente forme correctamente su voluntad, siendo consciente de la aleatoriedad que preside el contrato y de que este no se trata en realidad de un seguro o modo de cubrirse frente a la eventual subida de los tipos de interés sino de un negocio especulativo, siendo la otra parte implicada una entidad con mayor conocimiento de las vicisitudes y circunstancias o vaivenes de la economía y evolución de los mercados y tipos, falta de información en este caso que hizo nacer en el cliente un conocimiento equivocado sobre el verdadero riesgo que asumía, incurriendo así en error sobre la esencia del contrato”.
La Sentencia, bastante completa, señala que estamos ante un instrumento financiero de notable complejidad y riesgo.
“De la simple lectura del documento ya puede inferirse el carácter más que complejo del producto, por más que la parte demandada refiera lo contrario, complejidad la de su funcionamiento que pudo ser advertida por la que suscribe, cuando los testigos y peritos que depusieron en el juicio explicaron a la misma a preguntas de los Letrados su funcionamiento, siendo obvio que no se trata de una operación sencilla y fácil de comprender como pretende la entidad bancaria demandada”.
Además, se hace referencia a que el test Mifid se realizó el mismo día de la contratación, y que el mismo estaba cumplimentado por el banco y contenía respuestas erróneas, como quedó claramente evidenciado durante el juicio.
Confianza con los bancos
En la mayoría de las más de 600 sentencias obtenidas hasta la fecha por los Servicios Jurídicos de Ausbanc, favorables para los clientes, esta Asociación ha podido constatar que un alto porcentaje de los clientes atrapados por estos productos tóxicos confiaron en sus entidades bancarias, tras años de relación, a la hora de contratar los swaps. Durante la firma, los empleados de las sucursales se dedicaban a ensalzar las virtudes de este producto, mientras que no informaban de las consecuencias negativas del mismo.