Icono del sitio Comunidad ENP

El principal índice de referencia de los préstamos hipotecarios (euríbor) baja hasta el 0,506 % en noviembre

euriborEl euríbor es calculado por la Federación Bancaria Europea con los datos de las principales entidades
de la zona del euro y consiste en el tipo de interés medio de contado para las operaciones de
depósito de euros a plazo de un año
Los datos correspondientes al mes de noviembre muestran también un descenso, hasta el 0,506 %,
del míbor, el tipo interbancario a un año que servía de referencia oficial del mercado hipotecario para
las operaciones realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2000.

Estos índices de referencia para el mercado hipotecario son válidos a partir de su publicación en el
BOE, lo que normalmente se produce unos días después de su difusión por el Banco de España.

Índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la
adquisición de vivienda

Noviembre de 2013

Rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo
entre 2 y 6 años 2,711 %

Referencia interbancaria a 1 año (euríbor) 0,506 %

Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de 5 años1 1,087 %

Tipo interbancario a 1 año (míbor) 0,506 %

El resto de los tipos de referencia oficiales para el mercado hipotecario (Tipo medio de los préstamos
hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de
crédito en España y Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre 1 y 5 años, para adquisición de
vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona del euro)
se actualizarán, en torno
al día 20 de este mes, en el cuadro 19.1 del capítulo 19 del Boletín Estadístico.
Desde el 1 de noviembre de 2013, el Banco de España ha dejado de publicar el Tipo activo de
referencia de cajas de ahorros -Indicador CECA-, y los Tipos medios de préstamos hipotecarios a
más de tres años para adquisición de vivienda libre de bancos, y cajas de ahorro de conformidad con
la legislación vigente
. Las referencias a estos tipos serán sustituidas
, con efectos desde la siguiente
revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato.
En el caso de que no exista un tipo sustitutivo en el contrato, o en caso de que este fuera alguno de
los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial
denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de
vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial
equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado
anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la
fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo. El diferencial aplicable en cada caso
puede calcularse utilizando el simulador publicado a tal efecto en el Portal del Cliente Bancario

Salir de la versión móvil