ADICAE pide a la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones y a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición la paralización de este abuso y que ordenen la devolución inmediata y generalizada a los consumidores de las cantidades indebidamente cobradas.
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios publicada en el BOE el Viernes 28 de marzo prohíbe expresamente esta práctica en su artículo 63.
La Asociación pone a disposición de los usuarios un modelo de reclamación, a los que invita a apoyar la denuncia de ADICAE.
Madrid, 31 de marzo.- El cobro por emitir facturas en papel que realizan algunas compañías telefónicas es una práctica abusiva, tal como ya denunció ADICAE. El Instituto Nacional de Consumo (ahora Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición) así lo reconoció, a pesar de lo cual ADICAE ha podido constatar que las operadoras siguen cargando un gasto por un servicio de obligado cumplimiento.
El entonces Instituto Nacional del Consumo (INC) emitió un informe en julio de 2013 el que calificaba como abusiva esta práctica, afirmando que “el cobro a las personas consumidoras que realizan determinadas compañías telefónicas para la emisión de la factura en papel sería una práctica abusiva de conformidad con la previsión recogida los artículos 82 y 86.7 del Texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias”.
Además la reciente modificación de la Ley de Defensa de los Consumidores aprobada el pasado Jueves y que entró en vigor este Sábado 29 de marzo precisa que no se puede cobrar por este derecho de los consumidores. En concreto recoge en su artículo 63 que “en los contratos con consumidores y usuarios, estos tendrán derecho a recibir la factura en papel”. El texto de la nueva norma precisa que este derecho “no podrá quedar condicionado al pago de cantidad económica alguna”.
Sin embargo, a pesar del citado informe y de que ADICAE denunciase el pasado verano esta práctica ante la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT, ahora CNMC), algunas operadoras (como mínimo Vodafone y Jazztel) siguen cargando este supuesto “gasto de gestión” a los consumidores, de 1,21 euros por cada factura enviada, incluso a consumidores que únicamente tienen contratados servicios de voz (es decir, sin acceso a internet).
Ante las reclamaciones presentadas a estas compañías, la respuesta ha evidenciado el absoluto desprecio que las mismas tienen a los derechos de los consumidores y a la normativa de aplicación. Así, Vodafone afirma que “esa nueva Ley de Defensa de los Consumidores…. todavía no ha entrado en vigor….. Hasta entonces no varía la política en cuanto a su factura y el coste de envío en papel es de 1,21 € IVA ya incluido…”.
Por su parte Jazztel considera que “No puede considerarse un obstáculo oneroso, ni desproporcionado,…. siendo el envío de la factura física en papel un servicio adicional, cuyo coste debe asumir el cliente”.
De esta forma ambas compañías ignoran el informe de la autoridad en materia de consumo (INC-AECOSAN) y las disposiciones de la “antigua” Ley de Consumidores y Usuarios, que aunque ahora explicita la prohibición de estos cargos ya determinaba la abusividad de los mismos antes de la reforma.
Ante esta situación ADICAE ha puesto de nuevo en conocimiento de la CNMC y de la AECOSAN estos hechos, exigiendo a estos organismos que velen porque efectivamente se extingan estas prácticas abusivas. ADICAE considera además que, demostrado el carácter abusivo del cobro de 1,21 euros por factura, deben ser las propias compañías quienes, motu proprio, devuelvan las cantidades cobradas indebidamente, sin necesidad de reclamaciones ni trámites por parte del consumidor. Respecto a este punto, los servicios jurídicos de ADICAE estudian reclamar judicialmente la devolución de los importes cobrados, si las compañías no lo hacen de oficio. E invita a los consumidores a apoyar la denuncia de ADICAE.
ADICAE recuerda a los consumidores su derecho a recibir facturas y comunicaciones por parte de las empresas en el formato deseado. Para la expedición de la factura electrónica siempre es necesario que, previamente, el destinatario haya manifestado expresamente su consentimiento a recibirlas a través de este medio.
En todo caso, en vista de la falta de acción de las instituciones, que han seguido tolerando esta práctica durante varios meses a pesar de que se conocía su carácter abusivo, ADICAE pone a disposición de los consumidores un modelo de reclamación para solicitar a las operadoras el dinero indebidamente cobrado [ENLACE: http://goo.gl/uCxZgi ].
Además, aconseja a los ciudadanos que revisen con la asociación sus facturas para ver qué conceptos de cobro vienen reflejados, y tener claro en cuántas facturas se ha practicado este cobro de 1,21 euros, y les anima a acudir a su sede de la asociación más cercana para informarse y reclamar.