préstamos hipotecarios concedidos por las entidades de crédito españolas, bajó en diciembre hasta
el 0,329 % desde el 0,335 % del mes anterior. Tomando como referencia los últimos 12 meses, el
índice registra un descenso de 0,214 puntos.
El euríbor se calcula con los datos de las principales entidades de la zona del euro y consiste en el
tipo de interés medio de contado para las operaciones de depósito de euros a plazo de un año.
Los datos correspondientes al mes de diciembre muestran también un descenso, hasta el 0,329 %,
del míbor, el tipo interbancario a un año que servía de referencia oficial del mercado hipotecario para
las operaciones realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2000.
Estos índices de referencia para el mercado hipotecario son válidos a partir de su publicación en el
BOE, lo que normalmente se produce unos días después de su difusión por el Banco de España.
ndices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la
adquisición de vivienda
Diciembre de 2014
Rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo
entre 2 y 6 años
0,828 %
Referencia interbancaria a 1 año (euríbor) 0,329 %
Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de 5 años1 0,401 %
Tipo interbancario a 1 año (míbor) 0,329 %
El resto de los tipos de referencia oficiales para el mercado hipotecario (Tipo medio de los préstamos
hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de
crédito en España y Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre 1 y 5 años, para adquisición de
vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona del euro)2
cuadro 19.1 del capítulo 19 del Boletín Estadístico
se actualizarán, en torno
al día 20 de este mes, en el .
Desde el 1 de noviembre de 2013, el Banco de España ha dejado de publicar el Tipo activo de
referencia de cajas de ahorros -Indicador CECA-, y los Tipos medios de préstamos hipotecarios a
más de tres años para adquisición de vivienda libre de bancos, y cajas de ahorros de conformidad
con la legislación vigente3. Las referencias a estos tipos serán sustituidas4
En el caso de que no exista un tipo sustitutivo en el contrato, o en caso de que este fuera alguno de
los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial
denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de
vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial
equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado
anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la
fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo. El diferencial aplicable en cada caso
puede calcularse utilizando el simulador publicado a tal efecto en el Portal del Cliente Bancario
(
, con efectos desde la
siguiente revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el
contrato.
http://app.bde.es/gnt/clientebanca/calculo_diferencial.jsp).
1 y 2
Calculados según la definición de la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito
y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión
de préstamos, en desarrollo de lo dispuesto en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y
protección del cliente de servicios bancarios.
3 De acuerdo con lo dispuesto en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente
de servicios bancarios.
4 Según lo dispuesto en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización;
Disposición adicional decimoquinta. Régimen de transición para la desaparición de índices o tipos de interés de
referencia.