Imagínense que un buen día al despertar nuestro querido sistema métrico ha desaparecido. En ese momento tendríamos que recurrir a otros sistemas de medida que pudieran cubrir esta necesidad. Pues bien, esta extraña situación podría tener lugar con el índice de referencia de su hipoteca y daría lugar a la activación del índice sustitutivo, normalmente recogido en el mismo contrato hipotecario. Negociar este índice puede evitarnos muchos sustos innecesarios, apuntan desde el comparador de hipotecas HelpMyCash.com. Hipotecas referenciadas a euríbor El euríbor es el índice rey de las hipotecas españolas, presente prácticamente en 9 de cada 10 préstamos para vivienda a tipo variable. Su desaparición podría tener importantes consecuencias para la economía de cientos de miles de familias, para bien o para mal. A este respecto hay que señalar un futuro e importante cambio en el euríbor: el lanzamiento del euríbor plus. Aunque no se trate de un índice de referencia completamente nuevo, de hecho es el mismo índice, pero con diferencias en el cálculo, algunas entidades podrían entender esta modificación como la extinción del actual euríbor. Esto significaría que en lugar de mantener la nueva actualización del euríbor, se pasaría a lo que se indicara en el apartado de índice sustituto, con el consiguiente riesgo de que se nos aplique IRPH, encareciendo sensiblemente nuestra cuota mensual. Si este es nuestro caso, es importante ponerse en contacto con nuestra entidad para que nos explique cuál será nuestro devenir. Podemos contar con la ayuda de guías gratuitas sobre el euríbor plus como la que ha elaborado el comparador HelpMyCash.com, que amplían esta información. ¿Ha sucedido esto antes? No es la primera vez que un índice de referencia desaparece. Este es precisamente el motivo por el que podemos encontrar cláusulas en los contratos hipotecarios que responden a este problema. Aquellos que tenían IRPH Cajas o CECA vieron como en 2013 dejaban de publicar este índice, sufriendo el consiguiente cambio. En este caso, siguiendo la regla del Banco de España, podían darse los siguientes casos: Si el interés estaba referenciado a IRPH cajas o CECA y se especificaba que se mantendría como fijo el último interés aplicado, las hipotecas mutaron a interés fijo. Si teníamos los índices anteriores, pero no se especificaba ningún sustitutivo o el que figuraba también desaparecía, se pasaba a tener IRPH entidades (aún en vigor) “aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo” Tres años más tarde de estas modificaciones aún siguen apareciendo casos de cambios indebidos, por lo que resulta vital estar al tanto de cómo procederá la entidad frente al cambio de índice.