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La nueva nómina para el 2.015

Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de
la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de
recibo individual de salarios.

Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de
la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de
recibo individual de salarios.
Esta orden tiene por objeto aprobar un nuevo modelo de recibo individual justificativo del
pago de salarios, para dar cumplimiento específicamente a lo previsto en el segundo párrafo
del artículo 104.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que fue añadido, con efectos de 1 de
enero de 2013, por la disposición adicional vigésima sexta de la Ley 27/2011, de 1 de agosto,
sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
El referido artículo 104.2 de la Ley General de la Seguridad Social determina lo
siguiente:
«El empresario descontará a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas
sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el
descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a
ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.
En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el empresario deberá informar a
los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 103.2, la parte de la cotización que corresponde
a la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador, en los términos
que reglamentariamente se determinen.»
Hasta ahora, en los recibos de salarios de los trabajadores únicamente constaban la
base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador,
pero no la determinación de la aportación del empresario. En consecuencia y, al amparo
de lo previsto en el artículo 29.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que
indica que «el recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social» (hoy de Empleo y Seguridad Social), se procede a la
modificación del anexo de la Orden ministerial de 27 de diciembre de 1994, por la que se
aprueba el modelo de recibo individual de salarios.
En el proceso de su tramitación, la orden ha sido sometida al previo informe de las
administraciones públicas implicadas, así como a consulta de los interlocutores sociales.
En su virtud, en uso de las facultades conferidas, de acuerdo con el Consejo de
Estado, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1994, por la
que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios.
El anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de
recibo individual de salarios, queda modificado en los siguientes términos:
nomina2015
basenomina2015

Disposición transitoria única. Adaptación al nuevo modelo de recibo individual
justificativo del pago de salarios.
En el plazo de seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de esta orden las
empresas adaptarán al nuevo modelo que se aprueba los modelos de recibo de salarios
que vinieran utilizando conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de 27 de
diciembre de 1994.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución
Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación
laboral sin perjuicio de su ejecución por las comunidades autónomas.
Disposición final segunda. Facultades de aplicación.
Se faculta a la Secretaría de Estado de Empleo para dictar las disposiciones
necesarias para la aplicación de esta orden.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 6 de noviembre de 2014.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima
Báñez García